¿QUÉ ES UN CONVENIO DE DESEMPEÑO Y CÓMO SE APLICARÁ A LA UNIVERSIDAD DE CHILE?
Un "convenio de desempeño" es un instrumento de financiamiento que condiciona la entrega de dineros fiscales al cumplimiento de metas de gestión y objetivos evaluables a través de la demostración de hitos y la evolución de medios de verificación o indicadores. Objetivos e indicadores son acordados por la parte que ofrece el convenio y la parte que lo demanda en una negociación. En este caso, las “partes” son, por un lado, el Mineduc, y por otro, las unidades del Campus JGM.
Los convenios de desempeño se vienen aplicando a distintas instituciones de la administración pública desde el año 2000 en el marco de las "políticas de Modernización del Estado". Tienen como objetivo introducir en la administración pública la eficiencia, la eficacia y la transparencia en la gestión de sus recursos, y tienen una duración específica, no permanente, de entre 3 y 5 años.
Sin embargo, el Convenio de Desempeño que está por firmarse entre la Universidad de Chile y el Mineduc (para nuestro Campus), dentro de la Iniciativa Bicentenario tiene características especiales... Este tipo de convenios se presentan como una nueva forma de financiamiento para las universidades acreditadas por la CNAP (Comisión Nacional de Acreditación de Pregrado) que reciben AFD (Aporte Fiscal Directo, también conocido como aporte basal), es decir, las Universidades del Consejo de Rectores (tanto privadas como públicas).
En su éxito o fracaso radica la posibilidad de consolidarlo y hacerlo extensivo a todo el sistema de universidades del CRUCH (Conejo de Rectores). De ser así, en Chile tendríamos universidades estatales y privadas disputando los mismos fondos de desarrollo institucional, y si se implementara como lo proyecta, por ejemplo, José Joaquín Brunner y la Corporación Expansiva, los convenios de desempeño reemplazarían el AFD en las universidades estatales haciendo así cada vez más explícita la disvinculación del Estado con sus espacios de formación de conocimiento.
Otro elemento a considerar, que es un componente específico del Convenio destinado a JGM, es el resguardo económico o “contraparte” que el actor beneficiado deberá generar para financiar el proyecto y quién lo generará. Para concretarse la Iniciativa Bicentenario se generarán de tres formas de financiamiento distintas para la "contraparte": 1-. 5.500 millones en diez años a nivel central. 2-. "Reconversión" de activos (no hay una cifra clara) 3-. Recursos de las Unidades tendientes a 5.000 millones. La "reconversión" de activos será una decisión que tomarán tanto el Senado Universitario como el Consejo Universitario.
Este nuevo escenario -anteriormente la contraparte era de 33.000 millones y sólo proveniente de cada Facultad o Instituto- se presenta luego que mediante presión estudiantil y la gestión de algunos decanos se logrará renegociar internamente la cantidad de dinero de "contraparte" -la contraparte la decide, en cuanto a cantidad, la parte beneficiada-. Sin embargo esto no es garantía para la comunidad universitaria, ya que aun se debe disponer de una contraparte, que en el caso de Facultades de nuestro Campus resulta enorme. Como es de suponer, para responder a los requerimientos de la Iniciativa, las Facultades e institutos del campus deberán recurrir a las distintas formas de autofinanciamiento que el sistema contempla para generar tanto los recursos de sustentabilidad en el tiempo de la inversión que se realizará como para cubrir la contraparte del mismo, esto lleva a: endeudamientos, venta de bienes inmuebles, alzas de aranceles o aumento de la matrícula indiscriminadamente.
Pablo Soto Arrate.
Concejero FECH Ciencias Sociales.
Francisco Figueroa
Presidente Centro de Estudiantes Instituto de Comunicación e Imagen
